En qué momento elijo igv justo o fraccionamiento ¿?

Es muy usual que como emprendedores, tengan este tipo de dudas, pues al no contar con la liquidez suficiente para realizar el pago de una deuda tributaria, debes recurrir a otras alternativas para que no llegues a una cobranza coactiva (qué s la última instancia de SUNAT para cobrar una deuda y por medio del cual puede embargarte tu cuenta bancaria).

En ese sentido, existen 02 mecanismos al cual puedes recurrir según sea el caso:  fraccionamiento y el igv justo…si no sabes de que estoy hablando, no te preocupes aquí te explicamos rápidamente…

Fraccionamiento:

Es una facilidad para que puedas pagar tu deuda tributaria (cualquier deuda que tengas) en cuotas mensuales de hasta setenta y dos (72) meses según el monto de deuda que tengas pendiente.

Para poder acogerse a este beneficio, debes de cumplir con algunos requisitos, clic aquí para ver a detalle.

IGV justo:

Es un beneficio tributario que permite a las micro y pequeñas empresas con ventas anuales de hasta 1,700 UIT postergar o prorrogar el pago de igv hasta por un plazo máximo de 3 meses, tiempo por el cual, SUNAT no puede cobrarte ni multarte por falta de pago, ni tampoco aplicar intereses moratorios.

Cabe recalcar que luego de esos 03 meses, debes pagar la deuda total, es decir, si hiciste igv justo por S/ 2,000 …pasado el tiempo estipulado, debes pagarlos completo…aquí la diferencia con el fraccionamiento.

Entonces, ¿cuál debo elegir?

Pues, depende de varios factores, uno de ellos es si la deuda que no puedes pagar por falta de liquidez es sólo del IGV o que tengas una política de cobros a 90 días con tus clientes(que es básicamente la razón por la cual nació este mecanismo)…pues te recomiendo que apliques al igv justo, con la salvedad que vencido el plazo, deberás pagar la totalidad de la deuda en una sola armada.

Para aplicar al igv justo,debes verificar si perteneces al padrón de prórroga de pago del IGV

Por otro lado, si además del igv no puedes pagar otros impuestos (renta, essalud, etc) puedes recurrir al fraccionamiento para pagarlo en cuotas mensuales, pero aquí si se te adicionará intereses moratorios, incluso, dependiendo del importe de la deuda, se te pedirá una “cuota inicial” al momento de hacer la solicitud (formulario virtual 687 a través de la  clave sol).

Luego de solicitar el fraccionamiento, SUNAT tiene un plazo de 45 días hábiles para aceptar o denegar tu solicitud. Es a partir de aquí (de ser aceptado) que comienzas a realizar los pagos mensuales, las fechas de pago los podrás visualizar en la resolución que emite SUNAT , el cual podrás descargar desde el buzón electrónico de la clave sol.

Fuente: Portal SUNAT

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