La Constitución Política del Perú reconoce el trabajo como un deber y un derecho, como la base del bienestar social y un medio de realización de la persona. Es por ello, que el Estado tiene atención prioritaria para atender a este sector en sus diferentes modalidades, promoviendo condiciones para el progreso social y económico, mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo. Asimismo, la Constitución respalda el hecho de que ninguna relación laboral limita o puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador, así como la obligación a prestar su trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento.